Absueltos los dos activistas de Greenpeace que protestaron en 2021 para exigir una recuperación verde y justa tras la pandemia

04-03-2026

Madrid, 4 de marzo de 2026.- Greenpeace celebra la sentencia por la que la Sección de lo Penal del Tribunal de Instancia de Barcelona – Plaza nº 8 absuelve a los dos activistas de Greenpeace de los delitos de atentado y lesiones que les imputaba el Ministerio Fiscal así como un miembro de la guardia urbana que ha ejercido la acusación particular.

Con esta sentencia, y a la espera de una posible apelación, se pone fin a un procedimiento que se inició el 18 de junio de 2021, cuando activistas de Greenpeace llevaron a cabo una acción en Barcelona con motivo de una reunión del Cercle d’Economia en el hotel W Barcelona sobre la reconstrucción económica tras la pandemia con la asistencia del presidente del Gobierno, Pedro Sánchez. Los activistas desplegaron una pancarta de 15 metros en la que se leía “Sánchez, os vigilamos: recuperación verde y justa”. 

“Hoy termina una batalla legal de más de cuatro años y medio que nunca debió empezar. El juzgado ha sido claro: el derecho a la protesta es la base de nuestra libertad y nadie debería ser perseguido por ejercerlo. En un mundo que parece ir a la deriva, el activismo es más relevante que nunca, la herramienta más poderosa de la ciudadanía y el último reducto de la esperanza. Por todo ello, hoy nos reafirmamos en que alzar la voz es un derecho inalienable que seguiremos ejerciendo con más fuerza que nunca”, ha declarado Jose Manuel Marraco, abogado de Greenpeace.

Las Directrices sobre el derecho a la protesta ambiental pacífica y la desobediencia civil, recientemente publicadas por el relator de Naciones Unidas sobre las defensoras y los defensores del medio ambiente en virtud de la Convención de Aarhus, lo señalan expresamente: “Las protestas pacíficas — sea de forma individual o colectiva— implican el ejercicio de derechos interrelacionados, entre ellos los derechos a la libertad de expresión, de reunión pacífica y de asociación, así como el derecho a participar en la toma de decisiones. Las protestas pacíficas están, por lo tanto, protegidas en virtud de estos derechos, que están consagrados en tratados internacionales de derechos humanos jurídicamente vinculantes que establecen las obligaciones positivas y negativas de los Estados en relación con el disfrute de dichos derecho”.

La sentencia realiza un pormenorizado relato de toda la prueba practicada durante los dos días que ha durado el juicio y concluye que por parte de las acusaciones no se ha acreditado ni la intención de menoscabar la autoridad de la policía ni los supuestos delitos de lesiones de los que se acusaba a los dos activistas de Greenpeace. Antes bien, el fallo relata de forma expresa que hubo un exceso de celo por parte de la guardia urbana, a quien sólo se le había pedido que se asegurara de que las lanchas propiedad de la organización ecologista no estaban cometiendo alguna infracción administrativa. Igualmente se ha acreditado que las dos personas juzgadas siguieron en todo momento las instrucciones de la guardia urbana.

“Habitar un planeta al límite de sus capacidades físicas nos sitúa ante un mandato moral ineludible. En este escenario de incertidumbre global, la movilización deja de ser solo una opción jurídica para convertirse en la respuesta necesaria de quienes nos negamos a aceptar la destrucción del futuro. Nuestra defensa de la paz y de un mundo verde no es una concesión, es una responsabilidad colectiva que ejercemos cada vez que salimos a la calle”, concluye Inés Díez, abogada de Greenpeace.


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