Un tribunal supranacional europeo obliga por primera vez a los Estados a contabilizar el impacto climático del petróleo y el gas antes de aprobar permisos
- Este caso, liderado por Greenpeace y Amigos de la Tierra Noruega, podría abrir la puerta a evaluaciones climáticas más rigurosas de los proyectos de combustibles fósiles en toda Europa y sentar un precedente también para otros tribunales nacionales
El Tribunal de la Asociación Europea de Libre Comercio (AELC) ha emitido hoy su dictamen consultivo en el caso que Greenpeace y Natur og Ungdom (Jóvenes Amigos de la Tierra Noruega) interpusieron contra el Estado noruego[1]. El Tribunal da la razón a las organizaciones y confirma que, en virtud de la legislación de la Unión Europea/Espacio Económico Europeo (UE/EEE), las evaluaciones climáticas de los nuevos proyectos de combustibles fósiles deben incluir no sólo las emisiones producidas en el lugar de perforación, sino también las resultantes de la combustión posterior del petróleo y el gas extraídos, dondequiera que tenga lugar. Por tanto, el Gobierno noruego se equivocó al excluir estas emisiones posteriores al aprobar nuevas perforaciones.
“Lo que el Tribunal de la AELC ha dictado hoy es una opinión en la que condena las exportaciones contaminantes de Noruega. Está totalmente en consonancia con la evolución jurídica reciente sobre este tema. Lo hemos visto en el Reino Unido, en el tribunal local de Noruega, en Estados Unidos y Guyana y ahora también por primera vez en un tribunal supranacional. El Gobierno noruego no puede seguir ignorando que el petróleo y el gas noruegos perjudican a las personas y al planeta una vez extraídos”, ha declarado Frode Pleym, portavoz de Greenpeace en Noruega.
El caso fue remitido al Tribunal de la AELC por el Tribunal de Apelación de Borgarting a petición del Gobierno noruego en el verano de 2024. La cuestión planteada a los jueces era si la Directiva de Evaluación de Impacto Ambiental de la Unión Europea (Proyecto de la UE o Directiva EIA) obliga o no a las autoridades noruegas a evaluar el impacto climático del petróleo y el gas procedentes de la combustión. Hoy, el Tribunal ha confirmado que sí existe tal obligación y da un paso más al confirmar que las autoridades y los tribunales deben hacer todo lo que esté en su mano para remediar el incumplimiento.
En enero de 2024, en una victoria histórica para Greenpeace y Natur og Ungdom, el Tribunal de Distrito de Oslo declaró nulas las aprobaciones de tres proyectos de petróleo y gas en el Mar del Norte. Las autoridades noruegas no llevaron a cabo evaluaciones adecuadas del impacto de las emisiones de gases de efecto invernadero (GEI) al no tener en cuenta las emisiones procedentes de la combustión. Estas emisiones de GEI, conocidas como Alcance III, representan aproximadamente el 95% de los efectos nocivos para el clima del proyecto[2].
El Gobierno noruego recurrió y solicitó que una cuestión clave del caso, la relativa a las emisiones de Alcance III, se enviara al Tribunal de la AELC en Luxemburgo para que emitiera un dictamen consultivo sobre cómo debía interpretarse la Directiva de la Unión Europea sobre evaluación de impacto ambiental[3]. Este recurso se presentó después de que el Tribunal Supremo británico, en un caso muy similar, declarara ilegal un proyecto petrolífero en el Reino Unido porque las autoridades no habían realizado evaluaciones de impacto ambiental que incluyeran la quema del petróleo y el gas.
“La comunidad científica ha documentado que estos proyectos petrolíferos provocarán que más de 100.000 personas mueran antes como consecuencia del aumento del calor. Me alegra que el Tribunal de la AELC esté de acuerdo con nosotros en que la gente merece conocer este tipo de información antes de que el Estado apruebe nuevos yacimientos petrolíferos”, ha señalado Sigrid Hoddevik Losnegård, portavoz de Natur og Ungdom
Las autoridades públicas que aprueban permisos de perforación ya no pueden alegar que hay dudas: la ciudadanía tiene derecho a conocer el impacto final de los proyectos de petróleo y gas antes de la aprobación del permiso. Esta sentencia podría abrir la puerta a evaluaciones climáticas más rigurosas de los proyectos de combustibles fósiles en toda Europa y sentar un precedente también para otros tribunales nacionales.
El caso se verá en el Tribunal de Apelación en septiembre. Las organizaciones se enfrentarán al Estado noruego tanto con el dictamen consultivo de la AELC como con una reciente sentencia del Tribunal Supremo a su favor, lo que ofrece grandes posibilidades de una nueva victoria, ya que se espera que el dictamen tenga un peso significativo en las deliberaciones de los jueces y en la sentencia resultante.
Notas
[1] Sentencia del Tribunal de la AELC, 21 de mayo de 2025.
[2] La cifra del 95% ha sido calculada por Greenpeace Nordic y presentada como demanda ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos en la Observación Adicional de 16 de agosto de 2024, en el app. no. 34068/21, Greenpeace Nordic y otros contra Noruega (p. 29)
[3] Solicitud de dictamen consultivo del Tribunal de la AELC por el Tribunal de Apelación de Borgarting