Greenpeace presenta un recurso de amparo ante el Constitucional por el Algarrobico al considerar que se han vulnerado sus derechos

28-04-2023

  • Greenpeace pide al Constitucional que se reconozca vulnerado su derecho a la tutela judicial efectiva y que se declare nula la Sentencia 1682/2022 del Tribunal Supremo 
  • Además, la organización ecologista ha pedido al TSJA que siga adelante con la multa al alcalde de Carboneras
  • En el pleno municipal del pasado miércoles donde se aprobó la desclasificación de los terrenos del hotel, el consistorio no siguió el procedimiento establecido, por lo que es nulo de pleno derecho

 

Madrid, 28 de abril de 2023.- La organización ecologista ha presentado un recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional contra la sentencia número 1682/2022 del Tribunal Supremo que deniega la obligación al Ayuntamiento de Carboneras (Almería) a abrir expediente de demolición y proceder al derribo del Hotel de El Algarrobico.

En su recurso al Constitucional, Greenpeace explica que el Ayuntamiento de Carboneras incumple de forma sistemática todas las resoluciones judiciales referentes al Hotel de El Algarrobico ante la pasividad del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía. La organización, además, pide al Constitucional que se reconozca vulnerado su derecho a la tutela judicial efectiva, que se declare nula la Sentencia 1682/2022 del Tribunal Supremo y que se ordene retrotraer las actuaciones judiciales al momento anterior a la Sentencia, para que se dicte una nueva resolución respetuosa con los derechos fundamentales vulnerados.

Estas resoluciones obligan al consistorio a modificar su PGOU y a revisar la licencia de obras del hotel, requisitos indispensables para proceder a la demolición del mamotreto ilegal. El pasado miércoles se celebró un pleno municipal para desclasificar los terrenos del hotel pero es un acto nulo porque el propio Ayuntamiento no ha seguido el procedimiento legal. Otra trampa para seguir alargando el proceso y evadir de la multa al alcalde de Carboneras. 

“Desde Greenpeace consideramos que es de trascendencia constitucional anular la Sentencia del Supremo y restablecer el derecho a la tutela judicial efectiva”, ha declarado María José Caballero, portavoz de Greenpeace España. “Los efectos de las sentencias no pueden depender de una decisión en vía administrativa. La sentencia del Supremo dio carta blanca al Ayuntamiento de Carboneras a hacer lo que quiera. Y eso no es lo que dice la Constitución”, ha añadido Caballero.

Son tantas las resoluciones que la organización ecologista ha optado por centrarse solo en dos cuestiones: 

1. La primera es la obligación de clasificar el paraje de El Algarrobico como Suelo No Urbanizable de especial protección en el plan urbanístico de Carboneras. A pesar de haber una sentencia firme desde hace cinco años, el ayuntamiento sigue sin ejecutarla. Greenpeace solicitó hace dos años la ejecución forzosa, pero tras numerosos pretextos del consistorio, inexplicablemente admitidos por el TSJA, la sentencia sigue pendiente de ejecución. Este tribunal ha dictado ya cinco providencias y un auto advirtiendo al alcalde de Carboneras, pero nada ha cambiado.

Además, para defender el hotel ilegal, el Ayuntamiento de Carboneras ha contratado los servicios del magistrado en excedencia del TSJA, Jorge Muñoz Cortés, quien dictó en 2014 los dos únicos pronunciamientos judiciales a favor de la legalidad del hotel (y que fueron posteriormente anulados por el Tribunal Superior tras denunciarlo Greenpeace) de los 44 que existen hasta el momento. A pesar de ser legal, esta práctica supone un claro perjuicio para Greenpeace que defienda asuntos que ha juzgado siendo magistrado y que además se resuelvan en la misma sala y sección del TSJA de donde proviene.

2. La segunda cuestión, en la que se focaliza el recurso de amparo, hace referencia a la revisión de la licencia de obras del hotel como condición indispensable para acordar su demolición. En 2021 el TSJA acordó obligar al Ayuntamiento a revisar de oficio la licencia de obras. El consistorio recurrió, pero el Supremo no admitió este recurso. A pesar de ello, el Ayuntamiento no ha hecho nada en todo este tiempo para cumplir la sentencia. Es el mismo Muñoz Cortés, antiguo miembro de la misma Sala y Sección del TSJA, quien ahora defiende al consistorio en este procedimiento. 

Greenpeace recalca que la afirmación de la Sentencia del Supremo, de que los terrenos siguen siendo urbanizables a fecha de hoy, a la espera de que el Ayuntamiento de Carboneras cumpla formalmente con la normativa sectorial y con las numerosas sentencias que le obligan a modificar el PGOU y clasificar El Algarrobico como no urbanizable, supone trasladar al consistorio competencias del poder judicial, lo que causa una clara indefensión para la organización. La sentencia modifica la doctrina del Supremo trasladando al Ayuntamiento las competencias propias de la justicia y da validez a los acuerdos del consistorio contrarios a la normativa sectorial, a la Ley de Costas y a decenas de sentencias, lo que infringe los artículos 24.1 (1) y 117.3 (2) de la Constitución Española.

Por último, la organización ecologista aclara, además, que no solicitó al Supremo la nulidad de la licencia de obras, sino su revisión de oficio. Al considerar el alto tribunal que se solicitaba la nulidad, no ha entrado a valorar la petición fundamental, acordar la demolición del hotel ilegal sin necesidad de anular formalmente la licencia, puesto que es nula de pleno derecho.


Notas
  1. Artículo 24.1 de la Constitución: Todas las personas tienen derecho a obtener la tutela efectiva de los jueces y tribunales en el ejercicio de sus derechos e intereses legítimos, sin que, en ningún caso, pueda producirse indefensión
  2. Artículo 117.3 de la Constitución: El ejercicio de la potestad jurisdiccional en todo tipo de procesos, juzgando y haciendo ejecutar lo juzgado, corresponde exclusivamente a los Juzgados y Tribunales determinados por las leyes, según las normas de competencia y procedimiento que las mismas establezcan.

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